jueves, 25 de marzo de 2010

"INFANS CONCEPTUS PRO NATUS HABETUR QUOTIES DE COMMODIS EIUS AGITAR"

Una genio vital -apodo donde la llamaré a partir de ahora- citó esta frase principio del derecho romano de las sucesiones: "Infans conceptus pro natus habetur quoties de commodis eius agitar" "El niño concebido es tenido por nacido toda vez que se trate de su propio interés...". Lo interesante del principio no es tanto lo que dice, que para efectos prácticos debe tomársele en igualdad de condiciones que el ya nacido o "nacido vivo" como llaman algunos. Fácticamente no existe ninguna diferencia entre la personalidad del niño por nacer, como el ya nacido, pero en sucesiones existen algunas ficciones. Pero no quiero tocar el tema de derecho sucesoral sino hacer llamar la atención en un punto.

Aunque bien pudiera decirse que había conocimiento de las circunstancias en los partos, los romanos dudo que hayan visto o tenido imágenes de niños por nacer. No tenían el conocimiento científico que nos han dado la genética y la biología, como todas las tecnologías para ver el proceso de desarrollo prenatal. Es así como el principio derivado de los jurisprudentes romanos empieza a llamar la atención ¿por qué si no conocían plenamente la naturaleza del no nacido ya le otorgaban derechos? Esas elucubraciones se las dejo a los romanistas. Pero el caso es que el principio es totalmente defensor de la vida humana.

Se toma como un nacido siempre que se trate de su propio interés. Hago notar que los problemas del derecho sucesoral se refieren a la herencia que recibe la madre, luego, se le toma como concebido para efectos de la madre como heredera del padre, pero si es para su interés el principio es claro en afirmar la igualdad de derechos entre un nacido y un no nacido. Es así como la interpretación de dicho principio demuestra que los romanos otorgaban igualdad entre los nacidos y los no nacidos, lo que conlleva a una igualdad de derechos y principalmente en tratándose del derecho a la vida.

Los romanos sin tener tecnologías no hacían distinciones que la Corte Constitucional elabora. Además si se tomara este principio con la prevalencia de derechos de los niños no queda más remedio que concluir que el derecho a la vida es igual en el "naciturus" que en el "nacido vivo". 

Es irónico que algunos se digan defensores de los niños y promuevan el aborto. No se trata de cuestiones religiosas, la prudencia romana -que mataba cristianos en el circo-  descubrió la igualdad del no-nacido frente al "nacido vivo". No se trata de una cuestión religiosa, es evidente que desde que el cigoto adquiere el material genético inicia su proceso vital. ¿Cuál es el momento científico? La concepción. ¿Cuál es el momento político? "Poner un plazo para matar". El jurista romano no se puso a dar un peritaje científico, llegó a su conclusión práctica sin necesidad de avances... 

Conclusión ¡Si a la vida desde el momento científico! Si a la igualdad del naciturus frente al nacido vivo como nos lo enseñaron los romanos...


1 comentario:

  1. Hola, muy bueno el blog.
    Mi nombre es Ana Laura, soy de Costa Rica, estudiante de Derecho. Estoy haciendo mi tesis de graduación sobre el tema de la despenalización del aborto (estoy en contra obviamente) y me urge recabar datos del número de abortos después de su despenalización en diversos países. Se me ha dificultado sobremanera encontrar datos sobre Colombia, me gustaría que me ayudaran, con algún documento en la web o página que ustedes sepan. Mi correo es analaurasolism@gmail.com, se les agradece grandemente la ayuda que puedan brindarme.

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